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Artículo 1º
Creación

Las acciones formativas impartidas por InnovEmployment – Gestión de Conocimiento, Unipersonal Lda., en adelante denominada INNOVEMPLOYMENT, son creadas por el Equipo de Formación, constituido por Formadores, Coordinadores y Gestores y pueden resultar de Protocolos de Colaboración firmados entre INNOVEMPLOYMENT y otras entidades.

Artículo 2º
Objetivo

Las acciones formativas impartidas por InnovEmployment tienen como objetivo proporcionar la preparación teórica y práctica necesaria para la formación de técnicos especializados en el ejercicio de las funciones en las que están obteniendo conocimientos específicos.

Artículo 3º
Difusión de la Oferta Formativa

Todas las iniciativas de formación de InnovEmployment pueden ser objeto de difusión a través de los siguientes medios: media, newsletters; páginas de Internet; socios, contacto directo en las instalaciones y presentación en empresas.

Artículo 4º
Horario, lugar y calendario de la Oferta Formativa

  1. Las acciones formativas se realizan en las instalaciones de InnovEmployment, situadas en Rua Julieta Ferrão, nº12, 204, 1600-131 Lisboa, o en otras indicadas por ella.
  2. La elaboración del cronograma para cada acción formativa es responsabilidad de la Coordinación Pedagógica y de la Gestión.
  3. Es obligación de todo el equipo de formadores cumplir el cronograma definido, respetando íntegramente las horas y pausas formativas establecidas en el mismo.
  4. Las fechas y horarios de las acciones formativas se difunden a través de los diversos medios y canales de comunicación de InnovEmployment, y se confirman en el momento de la inscripción.
  5. Pueden producirse cambios en la fecha y el lugar de realización de la acción formativa. Cuando esto ocurra, los cambios serán comunicados a los alumnos y formadores, por contacto telefónico y e-mail, con la mayor brevedad posible.
  6. Por motivos operativos o factores externos a la entidad, InnovEmployment se reserva el derecho de realizar ajustes puntuales en términos de fechas, horarios y lugares de realización de la acción, informando previamente a los alumnos del respectivo cambio con la mayor antelación posible.

Artículo 5º
Condiciones de funcionamiento

  1. La definición del calendario y horarios de las acciones formativas es responsabilidad de InnovEmployment.
  2. Cada acción formativa dispone de un horario propio, que debe ser respetado por los alumnos y formadores.
  3. La fecha, el horario y lugar de la formación deben estar permanentemente actualizados y disponibles para consulta en los Flyers Promocionales, así como en la web de INNOVEMPLOYMENT y son confirmados con los alumnos en el momento de la recepción y validación de su inscripción.

Artículo 6º
Condiciones de asistencia

  1. Las acciones formativas promovidas por InnovEmployment están destinadas a todos los activos (empleados y desempleados), que deseen reciclar y/o perfeccionar sus conocimientos, siempre que se ajusten al perfil definido para cada acción formativa.
  2. La participación en la acción formativa queda confirmada tras la recepción del Boletín de Inscripción/Contrato de Formación, debidamente firmados, y el correspondiente comprobante de pago del valor total de la acción formativa.

Artículo 7º
Inscripción de los candidatos

  1. La inscripción de los alumnos para asistir a una acción formativa se realiza mediante la cumplimentación y envío, vía e-mail, a InnovEmployment, del Boletín de Inscripción/Contrato de Formación y el correspondiente comprobante de pago del valor total de la acción formativa.
  2. El número mínimo y máximo de alumnos admitidos por acción formativa es definido por InnovEmployment.
  3. Si la inscripción es aceptada, los alumnos reciben un e-mail con la confirmación de su inscripción, con el cronograma, horarios de la formación, dirección del lugar de realización, reglamento de la formación y demás información que se considere pertinente para la asistencia a dicha acción formativa.
  4. Con tres días de antelación a la fecha de realización de la acción formativa, se envía un nuevo e-mail con el objetivo de recordar a los alumnos su participación.
  5. Si el número de inscritos excede el límite máximo estipulado para cada acción formativa, y si se justifica, InnovEmployment puede proceder a la calendarización y realización de una nueva edición, con la máxima brevedad posible.

Artículo 8º
Selección de los candidatos

  1. La selección de los alumnos es responsabilidad de la Coordinación Pedagógica de InnovEmployment y se realiza de acuerdo con los criterios definidos para cada acción formativa.
  2. El número de participantes, por acción, es limitado, por lo que la selección de estos se efectúa por orden de recepción de las inscripciones y en base al perfil profesional definido para la acción formativa. Excepcionalmente, podrán ser aceptados alumnos que no correspondan totalmente a ese perfil, mediante apreciación curricular realizada por el Gestor de Formación, en colaboración con los Coordinadores.

Artículo 9º
Condiciones de pago y política de devolución

  1. El valor a pagar por la inscripción en cada acción formativa es fijado por InnovEmployment y se encuentra disponible en los Folletos Promocionales y web
  2. Este valor deberá ser liquidado de una sola vez y antes del inicio de la acción formativa.
  3. El pago es efectuado, por el participante o por la entidad patronal, mediante transferencia bancaria, de acuerdo con los siguientes datos:
  • ENTIDAD: INNOVEMPLOYMENT – Gestión de Conocimiento, Unipersonal Lda
  • BANCO: CAIXA GERAL DE DEPÓSITOS S.A.
  • IBAN: PT50 0035 0137 00081320230 44
  • BIC/SWIFT: CGDIPTPL
  1. Tras la confirmación de la recepción del pago, InnovEmployment emite la correspondiente Factura/Recibo.
  2. El valor a pagar por cada inscripción incluye la participación en la acción formativa, los coffee-breaks, si los hubiera, toda la documentación de apoyo y el Certificado de Participación o de Formación Profesional.
  3. Si la acción formativa no se realiza en la fecha prevista o es cancelada, por motivos ajenos a los alumnos, estos tienen derecho a la devolución del valor pagado o a mantener un crédito para una participación futura, si la misma ya tiene otra fecha prevista.
  4. Cuando, por motivo de accidente grave o enfermedad, debidamente comprobados, los alumnos no puedan continuar asistiendo a la acción formativa, InnovEmployment les posibilita la asistencia a una de las acciones que se desarrollen en los meses siguientes o en la primera acción a iniciar, teniendo los alumnos que pagar solo una tasa del 15% para gastos administrativos referentes a su reintegración.
  5. InnovEmployment podrá, en cualquier momento, decidir definir reducciones resultantes de eventuales promociones, estacionalidad, etc., difundiendo las mismas a través de sus medios de divulgación.

Artículo 10º
Interrupción, cancelación o desistimiento

  1. InnovEmployment se reserva el derecho de cancelar la acción formativa con un mínimo de tres días hábiles de antelación a su realización, en caso de no alcanzar un número mínimo de participantes o por cualquier otra razón que justifique su no realización.
  2. La cancelación de la acción formativa se comunica por teléfono y por mail a todos los alumnos inscritos.
  3. Se aceptan cancelaciones de inscripciones hasta siete días antes de la fecha de realización de la acción formativa. Las anulaciones verificadas posteriormente, dan lugar a la retención del 20% del valor de la inscripción, correspondientes a gastos de naturaleza administrativa.
  4. La comunicación de la baja de los alumnos después del inicio de la acción formativa no obliga a InnovEmployment a efectuar el reembolso de los importes abonados.
  5. Para la inscripción de trabajadores por las empresas, en caso de que no sea posible la presencia de los trabajadores/alumnos, la empresa cliente puede sustituirlos por otros, siempre que se informe a InnovEmployment.

Artículo 11º
Asistencia, puntualidad y régimen de faltas

  1. La asistencia a la acción formativa es obligatoria en la situación de régimen presencial.
  2. Los alumnos deben ser asiduos y puntuales, y respetar los horarios definidos para el desarrollo de la formación.
  3. En todas las sesiones de formación, serán facilitadas, por el/la formador/a, las hojas de asistencia, donde los alumnos deberán colocar su firma, con el objetivo de controlar su asistencia.

Artículo 12º
Evaluación

  1. InnovEmployment podrá proceder a los siguientes tipos de Evaluación:
  2. Evaluación Diagnóstica, con el objetivo de identificar los conocimientos iniciales de los candidatos y verificar la existencia de los requisitos estipulados para la asistencia a cada acción formativa, o para una más correcta constitución de los grupos frente a los objetivos propuestos. Esta evaluación puede servir también para evaluar si el candidato domina conocimientos fundamentales, especialmente a nivel de saberes en las áreas científicas, con el fin de encaminarlo a la asistencia a una unidad de integración formativa previa o para que los formadores tengan en cuenta las debilidades del grupo durante la impartición de los módulos que tengan como base esos conocimientos.
  3. Evaluación Reactiva, que tiene por objetivo identificar los aspectos positivos y negativos del funcionamiento de la formación, incluyendo la satisfacción, y contribuyendo a la mejora continua de las acciones formativas desarrolladas por InnovEmployment.
  4. Evaluación de los Aprendizajes de los alumnos, que se procesará en el ámbito de cada unidad de acción formativa, de la cual deberá resultar una evaluación cualitativa y/o cuantitativa, según lo que se haya considerado en su diseño.
  5. Los formadores deberán, además, cumplimentar un Informe que permite hacer una evaluación acerca de la participación/evolución de los alumnos durante el proceso formativo, cuando sea el caso, y sobre el desarrollo de la propia acción.

Artículo 13º
Derechos y deberes de los alumnos

  1. Los alumnos tienen derecho a:
  2. Recibir la formación para la cual su inscripción fue realizada, de acuerdo con los programas, metodologías y procesos de trabajo definidos;
  3. Recibir el material de apoyo a la formación previsto para cada tipo de acción;
  4. Utilizar los espacios y servicios de apoyo durante la formación;
  5. Recibir, al final de la acción formativa y tras la liquidación de los valores en vigor, un certificado de formación/asistencia (de acuerdo con la asistencia y aprovechamiento demostrado);
  6. Recurrir a la coordinación de la formación siempre que sea necesario:
  7. Rechazar la realización de actividades que no se incluyan en el objeto de la acción formativa;
  8. Que la Primera Otorgante respete y haga respetar las condiciones de Higiene y Seguridad en el Trabajo a las que estuviera obligada en los términos legales.
  9. Los alumnos tienen el deber de:
  10. Asistir con asiduidad y puntualidad a la acción formativa, con el fin de adquirir los conocimientos teóricos y prácticos que les sean impartidos, respetando el Reglamento de Funcionamiento de la Actividad Formativa en vigor;
  11. Participar activamente en las formaciones;
  12. Realizar las pruebas de evaluación de conocimientos a las que sean sometidos;
  13. Responder con honestidad a los cuestionarios de evaluación de la formación;
  14. Respetar a los compañeros, al formador y demás intervinientes en el proceso formativo;
  15. Guardar lealtad a InnovEmployment, especialmente, no transmitiendo al exterior informaciones confidenciales de las que tome conocimiento durante la acción formativa;
  16. Utilizar con cuidado y velar por la buena conservación de los equipos y demás bienes que les sean confiados para efectos de formación;
  17. Respetar las reglas de funcionamiento del local donde se desarrolla la Acción;
  18. Soportar los costes de sustitución o reparación de equipos y materiales que utilice en el período de formación rápida, proporcionados por la Primera Otorgante y sus representantes, siempre que los daños producidos resulten de comportamiento doloso o gravemente negligente;
  19. Cumplir el presente reglamento y condiciones del contrato.
  20. El incumplimiento de estos deberes confiere a InnovEmployment el derecho de rescindir el contrato de formación, cesando inmediatamente todos los derechos que emanen del mismo.

Artículo 14º
Principales responsabilidades del formador

  1. Constituyen responsabilidades de los formadores:
  2. Cumplir el horario de funcionamiento establecido para cada acción formativa;
  3. Cumplir el contenido programático planificado para cada acción formativa;
  4. Contribuir a la formación de los alumnos, estimulando el desarrollo de sus capacidades;
  5. Aclarar a los alumnos las dudas en el ámbito de la materia de la acción formativa;
  6. Solicitar a todos los alumnos la cumplimentación del Cuestionario de Evaluación de la Reacción/Satisfacción;
  7. Cumplimentar la Hoja de Asistencias, Sumario y Ocurrencias e Informe del Formador;
  8. Velar por la conservación de los medios materiales y técnicos puestos a su disposición.

Artículo 15º
Principales deberes del equipo técnico

  1. El Equipo Técnico tiene el deber de:
    a) Preparar la sala de formación en términos logísticos y proceder a la instalación del equipo informático a utilizar en la acción formativa;
    b) Distribuir toda la documentación de apoyo (manuales, cuadernos y bolígrafos), aguas, etc., de acuerdo con la distribución de los lugares a ocupar por los alumnos;
    c) Estar disponible para responder a eventuales dudas de los alumnos, en lo que concierne a la organización de la acción formativa;
    d) Estar informado respecto a todos los aspectos inherentes a la acción formativa, garantizando su intervención siempre que sea necesario;
    e) Recoger todos los documentos cumplimentados por el formador y por los alumnos;
    f) Entregar en mano, a los alumnos los Certificados de Participación.

Artículo 16º
Certificado

  1. Los alumnos tendrán derecho a un Certificado de Formación Profesional/Certificado de Asistencia gratuito tras la conclusión de la acción formativa.
  2. Para ser elegible para la obtención del Certificado de Participación en la acción formativa, los alumnos deben tener un mínimo de asistencia del 75% del número total de horas de formación.
  3. A los alumnos que asistan a las acciones formativas que consideren evaluación de conocimientos y que las concluyan con aprovechamiento, se les emitirá un Certificado de Formación Profesional a través de la plataforma SIGO, de acuerdo con la Orden nº 474/2010, de 8 de julio en su redacción actual.
  4. Los alumnos que no obtengan aprobación podrán recibir una Declaración de Asistencia a Formación Profesional, la cual debe ser solicitada por escrito a la Coordinación Pedagógica.
  5. Los certificados serán emitidos de acuerdo con la legislación de encuadramiento, especialmente el Decreto-Ley nº396/2007 de 31 de diciembre y la Orden 474/2010 de 8 de julio.

Artículo 17º
Gestión de quejas y reclamaciones

  1. Se consideran ocurrencias y/o reclamaciones todos los documentos presentados por alumnos, formadores u otros intervinientes en el proceso formativo que configuren la presentación de una situación específica que denuncie procedimientos, actuación, condiciones logísticas y materiales, que pongan en causa el aprendizaje o atente contra la dignidad y los derechos de las personas involucradas en el proceso formativo.
  2. Estas situaciones deben ser comunicadas, por escrito y vía e-mail – geral@innovemployment.pt, en un plazo máximo de 5 días, tras la ocurrencia.
  3. Según su naturaleza, todas las situaciones encaminadas serán tratadas por la Gestión de InnovEmployment, que deberá presentar al reclamante una respuesta en 5 días tras la recepción de la ocurrencia y/o reclamación, donde se comunica el tratamiento dado a la situación.
  4. InnovEmployment pone a disposición el libro de reclamaciones.

Artículo 18º
Tratamiento de los datos personales y protección de datos

  1. Los datos personales contenidos en el Boletín de Inscripción/Contrato de Formación u otros documentos relativos a la formación serán procesados informáticamente, garantizando la estricta confidencialidad de los mismos, por InnovEmployment.
  2. InnovEmployment garantiza el tratamiento legal, seguro y confidencial de los datos recogidos, comprometiéndose a poner en práctica las medidas adecuadas y necesarias para proteger y evitar el acceso indebido y no autorizado, destrucción, alteración y difusión y/o cualquier otra forma de tratamiento ilícito, en los términos previstos en la declaración que constituyen anexos al contrato de trabajo y al contrato de formación, y que forman parte integrante de los mismos.

Lisboa, 30 de noviembre de 2024

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